CLASE 6. VIERNES 4 DE SEPTIEMBRE. ORGANISMOS E INSTITUCIONES DE PAZ
ESCUELA SECUNDARIA GENERAL «PAPANTLA»
CICLO ESCOLAR 2020 – 2021
PROFESOR: JOSÉ MANUEL VILLAGÓMEZ REYES
HISTORIA II
VIERNES 4 DE SEPTIEMBRE
ORGANISMOS E INSTITUCIONES
DE PAZ
Aprendizaje esperado: Identifica
los antecedentes y funciones de la Corte Penal Internacional.
Asignatura de repaso:
Historia 1º.
¿Qué vamos a aprender?
Conocerás los antecedentes
de la Organización de las Naciones Unidas, (ONU),
y de la institución que se encarga de juzgar los crímenes contra la humanidad (la Corte Penal Internacional).
También estudiarás los orígenes de otras
instituciones encargadas de garantizar la paz mundial y la justicia social,
como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef),
La FAO que es la Organización de las Naciones
Unidas para la Alimentación y la Agricultura y la ACNUR,
que es la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados.
Después de la Primera Guerra
Mundial, surgió la Sociedad de Naciones para
mantener el orden entre las potencias, evitar más guerras y fomentar la paz
mundial. Sin embargo, en la década de los treinta, esta organización
desapareció, porque inició un nuevo periodo de conflictos.
Al terminar la Segunda
Guerra Mundial, diversas naciones se propusieron crear una organización que
fuera capaz de llevar a cabo negociaciones diplomáticas, para resolver
distintos conflictos internacionales.
¿Qué hacemos?
Para profundizar más en el
tema, observa el siguiente video.
ORGANISMOS DE PAZ
Acciones humanitarias en el
mundo, de la posguerra a la actualidad.
Al término de la Segunda
Guerra Mundial, las naciones vencedoras buscaron enjuiciar a personas que
habían cometido una serie de crímenes atroces contra la humanidad, antes y
durante el conflicto bélico.
Se enfocaron en los antiguos
líderes políticos y jefes militares de las naciones derrotadas, principalmente
de Alemania. Debido a esto, se creó un tribunal militar internacional para
sancionar los crímenes de guerra.
Para saber más sobre los
tribunales de justicia en el mundo y la importancia de que existan organismos
que se dediquen a castigar a las personas que cometen crímenes contra la
humanidad, observa el siguiente video.
LOS TRIBUNALES DE
JUSTICIA EN EL MUNDO.
Existen múltiples problemas
a nivel mundial y nos toca a todas y a todos involucrarnos, y hacerles frente.
La responsabilidad no recae únicamente en los organismos internacionales. Todas
las personas debemos participar.
Ahora tienes más claro lo
que se ha hecho a nivel mundial, pero ¿qué hacer a nivel local? Es decir, ¿cómo
atender problemas similares en nuestra comunidad? Para que exista un ambiente
solidario, hay que crear una cultura de paz, y así buscar el bien de todas y de
todos, pues somos iguales.
Para saber más sobre cómo
crear una cultura de paz y respeto, observa el siguiente video.
SOLIDARIDAD,
DIGNIDAD HUMANA Y CULTURA DE PAZ.
Si quieres saber más sobre
el tema, puedes leer el libro “Paren el mundo que me quiero enterar”. Guía para comprender los conflictos de
nuestro tiempo. De María José Izquierdo Alberca. Comentario bibliográfico de
Antonio Navalón.
Actividad viernes 4 de septiembre.
CORTE PENAL INTERNACIONAL
Creada por iniciativa de la ONU el 17 de julio de 1998
mediante el Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional entró en vigor el 1
de julio de 2002. El nacimiento de una jurisdicción independiente constituye un
paso histórico hacia la universalización de los derechos humanos. La Corte
Penal Internacional (CPI) es el primer tribunal internacional de carácter
permanente encargado de juzgar a los responsables de crímenes contra la
humanidad, de genocidio, de crímenes de
guerra y, tras la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma celebrada en
Kampala en 2010, del crimen de agresión en el caso de aquellos países que hayan
ratificado, como el caso de España, dicha revisión.
La comunidad internacional alcanzó un hito histórico cuando
120 Estados adoptaron, el 17 de julio de 1998, el Estatuto de Roma, el
instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional (CPI), que entró en
vigor el 1 de julio de 2002, tras su ratificación por 60 países. En la actualidad ya son 123 los países que
han ratificado el Estatuto de Roma.
La CPI, con sede en La Haya (Países Bajos), es un organismo
internacional independiente que no forma parte de la estructura de las Naciones
Unidas, con la que firmó un acuerdo el 4 de octubre de 2004 que regula la
cooperación entre ambas instituciones. Se financia principalmente a través de
los Estados miembros, pero también con aportaciones voluntarias de gobiernos,
organizaciones internacionales, particulares, sociedades y otras entidades.
Fue la necesidad de contar con un organismo de estas
características lo que llevó a su creación, pues con anterioridad se habían
celebrado los juicios de Núremberg y Tokio para juzgar los crímenes cometidos
durante la Segunda Guerra Mundial y en la década de los 90 del siglo XX se
pusieron en marcha los tribunales penales internacionales para la ex Yugoslavia
y Ruanda, pero todos ellos circunscritos a conflictos específicos.
España tiene un alto grado de compromiso con la CPI y con las
funciones que ésta ejerce, como institución universal que lucha contra la
impunidad de los crímenes más graves. España ha ratificado los instrumentos
internacionales reguladores de los crímenes de los que conoce la CPI y ha
apoyado firmemente la labor de la Corte desde la entrada en vigor de su
Estatuto. Cabe destacar especialmente el apoyo de nuestro país al Fondo
Fiduciario de la CPI en beneficio de las Víctimas.
La CPI es un Tribunal estable y permanente. Constituye la
primera jurisdicción internacional con vocación y aspiración de universalidad,
competente para enjuiciar a personas físicas, y, en su caso, depurar la
responsabilidad penal internacional del individuo por los crímenes más graves,
de trascendencia para la comunidad internacional. Tal y como establece el art.
5 de su Estatuto, la CPI es competente para conocer de crímenes de guerra,
genocidio, crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión.
La CPI actúa sobre la base del principio de complementariedad
con las jurisdicciones nacionales de los Estados Parte, interviniendo en los
casos en que aquéllas no ejerzan su competencia o no estén en condiciones de
hacerlo. Esta jurisdicción puede ser activada por el Fiscal de la Corte, el
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y por los Estados Parte del Estatuto de
la Corte.
La CPI tiene competencia únicamente respecto de crímenes
cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto (1 de julio de 2002). Si
un Estado hubiese ratificado su Estatuto después de esta fecha, la Corte podrá
ejercer su competencia únicamente con respecto a los crímenes cometidos después
de la entrada en vigor del Estatuto respecto de ese Estado, a menos que éste
haya hecho una declaración aceptando la competencia de la Corte desde el 1 de
julio de 2002.
En los casos de crímenes en los que el ejercicio de la
competencia de la Corte hubiese sido activada por un Estado Parte o bien por la
Fiscalía, la Corte sólo podrá ejercer su competencia si el Estado en cuyo
territorio haya tenido lugar la conducta de que se trate, o bien el Estado del
que sea nacional el acusado del crimen, es parte del Estatuto de Roma, o bien,
no siéndolo, consiente en aceptar dicha competencia mediante declaración
expresa.
El art. 27 del Estatuto establece que éste es aplicable por
igual a todos sin distinción alguna basada en el cargo oficial. En particular,
el cargo oficial de una persona, sea Jefe de Estado o de Gobierno, miembro de
un gobierno o parlamento, representante elegido o funcionario de gobierno, en
ningún caso la eximirá de responsabilidad penal ni constituirá por sí mismo
motivo para reducir la pena. Asimismo, las inmunidades y las normas de
procedimiento especiales que conlleve el cargo oficial de una persona, con
arreglo al derecho interno o al derecho internacional, no impedirán que la
Corte ejerza su competencia sobre ella.
Los crímenes de competencia de la Corte no prescriben. La CPI
sólo puede imponer penas máximas de 30 años de prisión y, de forma excepcional,
cadena perpetua si la extrema gravedad del caso lo justifica, pero nunca puede condenar a muerte.
En la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma celebrada
en Kampala (Uganda) en 2010 fueron adoptadas por consenso dos enmiendas que
amplían la definición de los crímenes de guerra y tipifican el crimen de
agresión, definiéndolo y estableciendo las condiciones de ejercicio de la
jurisdicción de la Corte respecto del mismo. La nueva definición del crimen de
agresión establece que una persona comete dicho crimen “cuando, estando en
condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar
de un Estado, planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por
sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de
la Carta de las Naciones Unidas”. A continuación, se enumeran una serie de
supuestos que son considerados actos de agresión. España ratificó las Enmiendas
de Kampala el 25 de septiembre de 2014.
La estructura de la CPI está compuesta por una Presidencia,
integrada por tres magistrados; la
División Judicial con tres secciones (Casos Preliminares, Primera Instancia y
Apelaciones) a cargo de 18 jueces; la Oficina del Fiscal y el Registro.
Actualmente ostenta el cargo de presidente el juez Chile Eboe-Osuji, de
Nigeria, y el de fiscal, Fatou Bensouda, de Gambia. Aproximadamente 700
personas de 90 países trabajan para la Corte, que cuenta con 6 oficinas sobre
el terreno.
Junto a la primera condena emitida por la CPI en 2012
declarando culpable a Thomas Lubanga, cabe subrayar que, a lo largo de sus años
de existencia, la CPI ha ido ampliando sus labores, siendo reseñables las
recientes condenas en materia de destrucción del patrimonio cultural, de la
utilización de niños soldado o de actos de explotación y abusos sexuales.
España forma parte de la Red Informal Ministerial para la
Corte Penal Internacional que se creó por iniciativa de la ministra de Asuntos
Exteriores del Principado de Liechtenstein en 2013. En la actualidad, la Red
está compuesta por los ministros de Asuntos Exteriores de 35 países que se
reúnen una vez al año en un desayuno de trabajo en los márgenes de la Semana
Ministerial, con la finalidad de facilitar un intercambio informal de ideas
para promover la universalidad y profundización del trabajo de la Corte y, en
definitiva, para dar impulso y respaldo político a la CPI.
ORGANISMOS E INSTITUCIONES DE PAZ
Coloca el tema y fecha de la actividad y reproduce
el siguiente cuadro en tu libreta, relaciona cada elemento de la columna 1 con
uno de la columna 2.
COLUMNA
1
CREACIÓN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. C.P.I. SEDE DE LA CPI. CRÍMENES DE GUERRA, GENOCIDIO, CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Y EL CRIMEN
DE AGRESIÓN. 30 AÑOS DE PRISIÓN Y CADENA PERPETUA, NUNCA PUEDE CONDENAR A MUERTE. CRIMEN DE LESA HUMANIDAD. 123 PAÍSES. JUICIOS DE NÚREMBERG Y TOKIO. EL ART. 27 DEL ESTATUTO. |
COLUMNA
2 17 DE JULIO DE 1998. ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS. ASUNTOS DE COMPETENCIA DE LA CPI. CORTE PENAL INTERNACIONAL. PAÍSES QUE HAN RATIFICADO EL ESTATUTO DE ROMA. LA HAYA (PAÍSES BAJOS). LOS ESTATUTOS SE APLICAN POR IGUAL A TODAS LAS PERSONAS SIN
DISTINCIÓN ALGUNA BASADA EN EL CARGO OFICIAL PRIMEROS JUICIOS DE CARÁCTER INTERNACIONAL. PENAS QUE IMPONE LA CPI. ASESINATO, EL EXTERMINIO,
ESCLAVITUD, LA DEPORTACIÓN O EL TRASLADO FORZOSO DE POBLACIÓN, LA
PRIVACIÓN GRAVE DE LIBERTAD O LA TORTURA, QUE SE COMETE COMO PARTE DE UN
ATAQUE GENERALIZADO O SISTEMÁTICO CONTRA UNA POBLACIÓN CIVIL. |
Si realizas todas las actividades recuerda conservarlas para su entrega al finalizar las tres semanas del curso remedial, no se consideran obligatorias debido a que estas tres semanas son un repaso de lo que ya trabajaron en primer grado, de la misma forma se toma en cuenta que no todos los alumnos cuentan con los medios y recursos de conectividad para que dichas actividades sean obligatorias durante estas primeras tres semanas del ciclo escolar.
Recuerda que nos queda una semana de repaso y damos inicio con los contenidos de segundo grado Historia de México.
Nuestra próxima clase es el día lunes 7 de septiembre.
¡Buen trabajo!
Gracias por tu esfuerzo.
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